sábado, 2 de julio de 2011

OBTENER TU BREVETE

CLASE

·CATEGORÍA I:
Autoriza a conducir vehículos automotores de transporte de personas de las categorías M1 y M2 de uso particular, así como vehículos automotores de transporte de mercancías de la categoría N1. Estos vehículos pueden llevar acoplado o enganchar otro vehículo de la categoría O1.
Requisitos:
1.Edad mínima, 18 años.
2.Secundaria completa.
3.Certificado médico de aptitud psicosomática.
4.Certificado de aprobación del examen de normas de tránsito o presentar el Certificado de profesionalización del conductor.
5.Aprobar el examen de manejo para la categoría.
6.Pago por derecho de tramitación.
El postulante con discapacidad física sólo podrá obtener licencia de conducir de esta categoría, siempre y cuando las medidas que adopte le permitan conducir el vehículo sin riesgo, las mismas que deberán estar señaladas en las restricciones de la licencia de conducir.
Las personas mayores de 16 años con plena capacidad de sus derechos civiles, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 46 del Código Civil, también podrán aspirar a la obtención de una licencia de conducir de esta categoría.

·CATEGORÍA II-a :
Autoriza a conducir vehículos automotores de transporte de personas de la categoría M1 destinados al servicio de transporte especial de pasajeros en las modalidades de taxi, escolar, turístico y de emergencia, así como a los servicios de transporte colectivo de pasajeros en los ámbitos provincial, interprovincial e internacional transfronterizo. La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir vehículos señalados en la categoría I.
Requisitos:
1.Edad mínima, 21 años.
2.Secundaria completa.
3.Certificado médico de aptitud psicosomática.
4.Certificado de profesionalización del conductor en transporte de personas.
5.Aprobar el examen de manejo para la categoría.
6.Pago por derecho de tramitación

· CATEGORÍA II-b
Autoriza a conducir vehículos automotores de transporte de pasajeros de la categoría M2 destinados al servicio de transporte de personas bajo cualquier modalidad, así como vehículos de transporte de mercancías de la categoría N2. Estos vehículos pueden llevar acoplado o enganchar otro vehículo de la categoría O1 u O2. La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir vehículos señalados en las categorías anteriores
Requisitos:
1.Edad mínima, 21 años.
2.Secundaria completa.
3.Certificado médico de aptitud psicosomática.
4.Certificado de profesionalización del conductor en transporte de personas o de mercancías.
5.Aprobar el examen de manejo para la categoría.
6.Pago por derecho de tramitación.

CATEGORÍA III-a:
Autoriza a conducir vehículos automotores de la categoría M3 destinados al transporte terrestre de pasajeros.
Requisitos:
1.Edad mínima 24 años.
2.Secundaria completa.
3.Certificado médico de aptitud psicosomática.
4.Certificado de profesionalización del conductor en transporte de personas.
5.Aprobar el examen de manejo para la categoría.
6.Pago por derecho de tramitación.

· CATEGORÍA III-b:
Autoriza a conducir vehículos automotores de transporte de carga de la categoría N3. Estos vehículos pueden llevar acoplado o enganchar otro u otros vehículos de la categoría O.
Requisitos:
1.Edad mínima 24 años.
2.Secundaria completa.
3.Certificado médico de aptitud psicosomática.
4.Certificado de profesionalización del conductor en transporte de mercancías.
5.Aprobar el examen de manejo para la categoría.
6.Pago por derecho de tramitación.

· CATEGORÍA III-c:
Autoriza a conducir vehículos de la categoría III - a y b, de manera indiferente. La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir vehículos señalados en las categorías I y II
Requisitos:
1.Edad mínima 27 años.
2.Secundaria completa.
3.Certificado médico de aptitud psicosomática.
4.Certificado de profesionalización del conductor en transporte de personas y de mercancías.
5.Aprobar los exámenes de manejo para la categoría. f) Pago por derecho de tramitación.

· CATEGORÍA IV:
Autoriza a conducir vehículos de transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos, la misma que tiene el carácter de adicional a la licencia que corresponde a la categoría de vehículo que transporta los materiales y residuos peligrosos.
Requisitos:
Los requisitos para obtener la licencia de conducir de esta categoría especial, son los establecidos en el Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, aprobado por Decreto Supremo Nº 021- 2008-MTC.

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